#PDHAbortoNo: ¿Qué está pasando con la PDH y la promoción del aborto en Guatemala?

La Corte Suprema de Justicia  certificó lo conducente al Ministerio Público contra el Procurador de los Derechos Humanos por incumplimiento de una sentencia que le ordenaba abstenerse de promover el aborto. ¿Qué llevó a esto? Aquí te contamos el caso completo.


El pasado 6 de julio, Asociación la Familia Importa (AFI) entregó una carta a la Comisión de Derechos Humanos del Congreso de la República de Guatemala dirigida a su presidente, el diputado Orlando Joaquín Blanco. 

Además de AFI, distintas organizaciones que conforman su red ciudadana, manifestaron con esta misiva su “profunda preocupación por la falta de cumplimiento del Procurador de los Derechos Humanos -PDH- Augusto Jordán Rodas Andrade, de lo resuelto en la sentencia de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) dentro del expediente de amparo 1434-2017”.

Esta sentencia de 2017, mandó a remover un manual de “educación sexual” editado y distribuido por la PDH, el cual promovía el aborto. La CSJ ordenó al Procurador abstenerse “de realizar cualquier actividad que conlleve apoyar y fomentar el aborto o prácticas abortivas, su presentación como derecho, la promoción de su legalización o de la transgresión del derecho a la vida humana desde la concepción (…)”.

Leer la sentencia completa aquí: Sentencia Manual del Aborto. 

Además, también mandó a la institución a contrarrestar los efectos negativos que esta publicación haya podido tener. ¿Cómo? Con la distribución de material cuyo contenido sea congruente con los derechos garantizados por la Constitución Política de Guatemala, es decir, contenido que promueva la protección y defensa de la vida desde el momento de la concepción. Este debía hacerse en proporción a las capacidades y actividades de la PDH.

Artículo 3o. Derecho a la vida. El Estado garantiza y protege la vida humana desde su concepción, así como la integridad y la seguridad de la persona. – Constitución Política de la República de Guatemala.

“La Corte Suprema de Justicia el 5 de noviembre del 2019 resolvió dentro de este mismo expediente ‘para verificar el exacto cumplimiento del fallo de ocho de diciembre de dos mil diecisiete, se ordena al Procurador de los Derechos Humanos que, en un plazo de veinticuatro horas, informe a esta Corte qué medidas o campañas ha realizado, así como dónde y cuándo las difundió, para contrarrestar directamente los efectos del informe suspendido, las cuales se hayan referido concreta y claramente al tema que motivó el amparo’”, se lee en la carta publicada también en las redes sociales de AFI.

Resolución de la CSJ, noviembre de 2019.

Desde ese momento hasta hoy, AFI no había sido notificada sobre el cumplimiento del mandato de esta sentencia, a pesar de ser bastante clara y a que en 2017, se hizo una solicitud de esta información a la Unidad de Acceso a la Información Pública de la PDH. A esto, la respuesta fue que la información solicitada era “inexistente”.

“En representación de Asociación La Familia Importa y su red de organizaciones, pedimos a los integrantes de la Comisión de Derechos Humanos del Congreso de la República, que fiscalicen el debido cumplimiento o incumplimiento por parte del Procurador de los Derechos Humanos Augusto Jordán Rodas Andrade de todas las obligaciones establecidas en la sentencia referida, y se realicen las acciones que conforme a la ley y a la Constitución correspondan”, finaliza la misiva.

Continúa promoción del aborto

La Corte estableció que el funcionario no ha cumplido con las obligaciones de la sentencia al promover el aborto públicamente en Guatemala en distintas ocasiones.

Una de ellas se puede ver en el documento emitido por el mismo procurador titulado Informe de supervisión, aplicación del decreto 13-2017, que establece 18 años como edad mínima para el matrimonio”.

“En el apartado V dentro de las obligaciones del Estado de Guatemala, cita como una obligación internacional ‘El Comité [para la Eliminación de Discriminación contra la Mujer] hizo una serie de recomendaciones en las que se demuestra la preocupación que existe por la discriminación, los estereotipos que aún se mantienen, la violencia de género contra la mujer y falta de voluntad para la implementación de la educación integral en sexualidad, legalización del aborto, entre otros’‘”.

A través de las redes oficiales de la institución, el Procurador también instó atender las recomendaciones que el Comité Sobre los Derechos del Niños hizo a Guatemala, entre las cuales se encuentra la despenalización del aborto en todas las circunstancias y la garantía del acceso a servicios de aborto sin riesgo a las adolescentes, en el inciso 33. 

En pocos minutos

Conoce el origen del conflicto en este video:

Miles de guatemaltecos se pronunciaron en redes sociales en apoyo al derecho constitucional a la vida y piden a los diputados la fiscalización del funcionario. 

PDH será citado

A través de la presentación de la carta, así como otras cartas por parte de la sociedad civil, la Comisión de Derechos Humanos del Congreso enviará a la Comisión Permanente del Congreso la solicitud para citar a Rodas Andrade al pleno del Congreso, para rendir cuentas ante los diputados y la población.

La fecha para la citación aún queda pendiente de confirmar. De no haber cumplido con la sentencia de la alta corte de justicia, el procurador pondría en juego la permanencia en su cargo.

CSJ certifica lo conducente

Al poco tiempo, la CSJ de nuevo dio 48 horas al procurador para presentar un informe de cumplimiento, el cual fue presentado. Sin embargo, las acciones presentadas por el funcionario fueron consideradas por el tribunal como “insuficientes para contrarrestar los efectos de la distribución del material”. 

Por ello este 12 de agosto de 2020, la CSJ ordenó certificar lo conducente al Ministerio Público para que se deduzca la responsabilidad penal en la que hubiere incurrido el Procurador por el incumplimiento de la sentencia. Además, al no haber dado exacto cumplimiento a lo resuelto, se le impuso una multa de Q4 mil quetzales al Procurador. Esta resolución fue notificada a AFI también.

 

Lee la resolución de la CSJ contra el PDH

Es importante recordar que la Constitución Política de Guatemala, en su artículo 3, es clara al reconocer que debe respetarse toda vida desde su concepción. El PDH es el primer funcionario llamado a defender el derecho de los más vulnerables sin discriminación.

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